¿Qué pasa si no registro correctamente el Producto o Servicio en la nueva versión 3.3 del CFDI?
SAT sancionará casos de notoria y evidente incongruencia

Por ser algo nuevo se dará espacio a errores

Con la puesta en vigor de la nueva versión de facturación 3.3, han surgido interrogantes, uno de los más importantes es ¿qué pasa si me equivoco al registrar la clave del catálogo de productos?, y es que sí bien se comento en nuestro articulo anterior, se tenia por entendido que no estarán permitidos los errores. Sin embargo ante esta interrogante la autoridad nos informa que: 

En el caso de registrar una clave de producto o servicio que tenga cierta similitud o relación en cuanto a las características de lo que se vaya a facturar, ya sea porque no se encontró la clave específica, o no se tiene idea de que clave utilizar, el SAT informó que esta situación no será motivo de sanción por parte de la autoridad. Salvo en casos de notoria y evidente incongruencia entre lo facturado y la clave de producto y servicio que se registre. 

Ejemplo: 

Registras la clave 86131602 que corresponde a Educación en baile

Sin embargo tu rol pertenece a los medios impresos, por lo que debes facturar la clave 82111901 - Servicios de comunicados de prensa

Al tratarse de un tema nuevo, los primeros meses serán parte de un proceso de aprendizaje colectivo

Durante los primeros meses no habrá sanción, no obstante recomendamos hacer un trabajo en equipo entre proveedores de bienes y servicios con sus clientes, en cuanto a ponerse de acuerdo con las claves que utilizará cada uno y así exista cierta lógica o similitud entre sus registros. Cómo hablamos de un tiempo de transición de aprendizaje se desprenden los siguientes puntos a considerar: 

Si el error es por no haber encontrado una clave específica, no habrá sanción.

Si la incongruencia es notoria y evidente, entonces sí habrá sanción.

Durante los primeros meses no habrá sanciones porque es un proceso de aprendizaje colectivo.

Sin embargo aún contando con estos puntos, la incertidumbre surge, pues cualquiera podrá objeta que se equivoco al buscar su registro, como tal no se cuenta con una herramienta que pueda medir si en efecto un contribuyente no encontró la clave correspondiente. De igual forma se nos dice que se dará unos meses de "permiso" para cometer errores por así decirlo, pero no indican la cantidad de meses. De lo antes mencionado, surgen dos incógnitas más ¿Con qué criterio es que estas incongruencias serán evaluadas? ¿Será un criterio uniforme del SAT o se aplicará el criterio del funcionario en turno?

El tema fiscal más importante de este año ha sido la actualización de la facturación, pues esta en calidad de preocupación, ya que la autoridad ha buscado las formas de crear herramientas de control y sanción para los contribuyentes, sin embargo dejan muchos espacios de incertidumbre. 

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¿Qué pasa si no registro correctamente el Producto o Servicio en la nueva versión 3.3 del CFDI?
SIFEI, Mary Mendoza
25 septiembre, 2017
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De nuevo se modifican los catálogos en el CFDI 3.3
Los cambios son en forma de pago y tipo de relación entre CFDI