1.- Las equivocaciones en las claves unidad de medida y productos o servicios, no se contaran como falta de aquí al 30 de julio de 2017, sin embargo para que puedan dar el “chance” a cometer errores se establece que la descripción del producto, servicio o la unidad de medida sea “correcta”, en los campos: Descripción, Cantidad, Unidad
Bajo qué criterios se definirán los errores en el CFDI
SAT: mediador para indicar cuando se presenta una equivocación
Se extiende un periodo para poder comer errores
Se publicó en el portal del SAT el Tercer Anteproyecto de Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el año en curso, en la que se da a conocer bajo que pautas se va a tomar el tratamiento de los errores en los datos que los contribuyentes carguen al CFDI.
Para esta cuestión se ha tomado la decisión de no infraccionar a los contribuyentes que se equivoquen a la hora de registrar en el CFDI una clave de unidad de medida, una clave de producto o un servicio que no corresponda con los productos o servicios o con la unidad de medida facturados, hasta el 30 de junio de 2018 siempre y cuando se describa de manera correcta el citado producto, servicio o la unidad de medida en los campos “Descripción”, “Cantidad” y “Unidad” del CFDI.
Por lo que se extiende sobre aviso lo siguiente:
Como puedes ver la autoridad está permitiendo la existencia de equivocaciones en esta nueva versión del CFDI porque es un proceso nuevo, complejo y desconocido. No obstante, con todo y “el permiso brindado” los contribuyentes están en un periodo de incertidumbre en el manejo de los datos que se van a integrar en el CFDI 3.3, quedando muy amplia la actuación de la autoridad en este sentido para calificar de correcta o incorrecta las situaciones que se puedan presentar, con el riesgo de que los contribuyentes puedan ser sancionados por situaciones de esta índole.