Contabilidad Electrónica 1.3
Obligatoria y sin aviso

Una advertencia sin vigencia fija

Desde el 6 de enero del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, que contiene los lineamientos para la contabilidad en medios electrónicos, en esa misma fecha, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dió a conocer el Anexo Técnico al que hace referencia el anexo, y que contiene las instrucciones técnicas para la elaboración de los archivos formato XML.  

Con este nuevo Anexo Técnico se dio a conocer la nueva versión de la contabilidad electrónica, misma que pasaría de ser 1.1 a 1.3. Es importante tener en cuenta que desde enero y hasta septiembre fue posible que los contribuyentes presentaran su contabilidad mensualmente al SAT en versión 1.1. Pero en el curso de este tiempo, la autoridad no dio notificación de cuando iniciaría la vigencia de la nueva versión.

Y es entonces que inicia el conflicto, pues desde el primero de octubre la autoridad no esta permitiendo reportes de contabilidad en 1.1. Solamente esta aceptando archivos que cumplen con las especificaciones de la versión 1.3.

Esta cuestión hace poner a ustedes los contribuyentes en una encrucijada, pues migrar a la versión 1.3 de la contabilidad electrónica no es nada sencillo, ya que se requieren la actualización de sus sistemas, pues aunque pertenezcan a un estándar comercial o o se hayan realizado a la medida, el proceso del cambio no se es en seguida. 

Sería muy adecuado que la autoridad emita reglas de transición de un esquema a otro, así como lo hizo para la migración a la actualización del CFDI 3.3,ya que en esta ocasión no están bien definidos los plazos, y los contribuyentes no están en condiciones de cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales.

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Contabilidad Electrónica 1.3
SIFEI, Mary Mendoza
25 octubre, 2017
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