Aún existen dudas sobre la obligatoriedad
Pese a que anteriormente se informó sobre la facilidad que brindó el SAT conforme al retimbrado que debían hacer aquellos contribuyentes que emiten nómina, las dudas continúan haciendo presencia en el Portal de Preguntas Frecuentes del SAT, teniendo como principal la siguiente:
¿Se deberán cancelar los CFDI de nómina emitidos en 2017 con la versión 1.1 conforme a la facilidad del Artículo Trigésimo Segundo Transitorio de la RMF 2017?
Ante este cuestionamiento principal se notifica que no será necesario, ya que esta facilidad exime a los contribuyentes de cancelar los comprobantes emitidos conforme a la versión 1.1 siempre y cuando sean reexpedidos con la versión actual 1.2.
¿Se deberán cancelar los CFDI de nómina emitidos en 2017 con la versión 1.1 conforme a la facilidad del Artículo Trigésimo Segundo Transitorio de la RMF 2017?
Ante este cuestionamiento principal se notifica que no será necesario, ya que esta facilidad exime a los contribuyentes de cancelar los comprobantes emitidos conforme a la versión 1.1 siempre y cuando sean reexpedidos con la versión actual 1.2.