El reparto de utilidades es el derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtuvo la empresa o empleador el año anterior.
¿Cómo determinar las utilidades?
Primera mitad
Días trabajados
Segunda mitad
Monto de salarios definidos
El monto total tendrá como límite a repartir tres meses del salario o el promedio de la PTU recibida en los tres últimos años, lo que resulte más favorable al trabajador.
Los trabajadores que laboran al servicio de un empleador tienen derecho a recibir utilidades, a excepción de los siguientes:
Los directores, administradores y gerentes generales de la empresa.
Socios o accionistas de la empresa.
Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades.
Profesionistas técnicos y otros, que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado.
Los trabajadores del hogar.
Empleador obligado a dar utilidades
Son sujetos obligados a repartir utilidades todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo y, en general, todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o no contribuyentes del impuesto sobre la renta.
Empleador no obligado a dar utilidades
Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.
El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.