SAT publica comunicado de prensa
Surgen prácticas indebidas en la emisión de facturas

Evita tener infracciones

El día de ayer 1ro de febrero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó un comunicado de prensa a través del cual apunta algunas “malas prácticas” que se han detectado en la emisión de facturas.

Dicho comunicado fue publicado en la plataforma que corresponde a su sala de prensa, con la finalidad de proteger el derecho que tienen ustedes los contribuyentes de deducir y acreditar impuestos. Por ello dan a conocer las malas prácticas que han descubierto en la emisión de facturas.

Esto por supuesto va dirigido tanto a emisores como receptores, para que las conozcan y así de forma efectiva puedan ejercer sus derechos fácil, rápido y sin comprometer datos personales.

Las prácticas incorrectas identificadas son:

  • 1.- Exigir cualquier dato distinto al RFC. El contribuyente que solicita la factura sólo debe proporcionar verbalmente su RFC, cualquier dato adicional no es requisito para la emisión. Se ha detectado que existen sistemas de emisión de facturas que exigen dichos datos como requisito para obtener una factura. Se invita a los contribuyentes emisores de factura a revisar sus sistemas para evitar molestias y el uso de datos personales que no son requisito fiscal
  • 3.- Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura. El precio debe incluir el IVA, sin importar si se solicita o no la factura
  • 5.- Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción. Se puede emitir con posterioridad, mientras sea en el mismo año en que se realizó la operación
  • 7.- Solicitar obligatoriamente se indique el uso que se le dará a la factura. Si este campo no lo proporciona el receptor, se deberá utilizar la clave “P01 Por definir" o bien la que señale el receptor
  • 9.- No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos. Cuando se reciban anticipos, éstos deben facturarse
  • 2.- Obligar a proporcionar un correo electrónico, es opcional. Cualquier contribuyente puede revisar en tiempo real que le haya llegado su factura a través de la página del SAT con su RFC y contraseña, el proporcionar el correo es una facilidad a la que tiene derecho el receptor de la factura para obtenerla, pero de ninguna manera es obligatorio
  • 4.- Obligar al receptor a generar la factura en un portal. Se debe entregar la factura en el establecimiento en donde se lleva a cabo la operación y al momento de realizarla, si así lo requiere el contribuyente
  • 6.- Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada. La forma de pago debe ser registrada cuando éste efectivamente se realice
  • 8.- Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo. Sin importar el medio por el cual se realice el pago del producto o servicio, se deberá emitir factura
  • 10.- No emitir factura. El SAT no tiene suscrito convenio con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de facturas electrónicas

Recuerden, sino no expiden, entregan o ponen a disposición de los clientes las facturas, o bien las expiden sin que cumplan los requisitos señalados por el SAT, se va a considerar como infracción, misma que en palabras drásticas podría causar hasta la clausura de su establecimiento.

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SAT publica comunicado de prensa
SIFEI, Mary Mendoza
3 febrero, 2018
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